SESIÓN 1 | Construyendo un protocolo efectivo: pasos iniciales
El 28 de septiembre de 2022, el Gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, promulgó la Ley núm. 82-2022 (Ley 82) que enmienda la Ley núm. 17 de 22 de abril de 1988, que prohíbe el acoso sexual en el lugar de trabajo. Esta enmienda amplía las protecciones laborales a los becarios remunerados y no remunerados y establece requisitos específicos para los protocolos de acoso sexual.
La definición de empleado, modificada por la Ley 82, incluye ahora a las personas que participan en prácticas con fines educativos o formativos, independientemente de que reciban o no una compensación económica. Lo que es más importante, la Ley 82 exige ahora que los empleadores establezcan y apliquen protocolos de acoso sexual que cumplan parámetros específicos para hacer frente a las situaciones de acoso sexual que puedan surgir en el lugar de trabajo. La Ley además autoriza a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OAM) y al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico (PRDOL) a proveer la asesoría técnica necesaria en cuanto a la preparación e implantación de dichos protocolos, así como a velar por su cumplimiento.
Protocolo de reincorporación al trabajo: lo que los empresarios deben saber
Susan ha aceptado recientemente un trabajo de oficios especializados. Los hombres del trabajo hacen comentarios sexuales lascivos y se niegan a cooperar con Susan en las tareas asignadas. Le dicen que si es “tan buena” puede hacer el trabajo ella misma. Encuentra mensajes obscenos pegados en su taquilla, en su banco de trabajo y en su caja de herramientas. Su supervisor le sugiere que, si no puede “divertirse un poco”, cambie de puesto.
June trabajaba como dependienta en un establecimiento minorista. Dos compañeros le cuentan chistes verdes de carácter sexual y le hacen comentarios lascivos. Ella intenta ignorar los comentarios alejándose. Los comentarios verbales aumentaron y uno de los compañeros empezó a tocarla de forma sexualmente insinuante. June se quejó a su jefe, que le dijo que “se ocuparía de ello”, pero el acoso empeoró en las semanas siguientes. June se vio obligada a dejar su empleo.
Joan trabaja en una empresa como empleada de limpieza. Lleva poco tiempo empleada cuando un compañero empieza a hacerle comentarios sexuales obscenos. Ella le dice que la deje en paz, y él reacciona obligándola a entrar en un vestuario para que coopere con sus exigencias sexuales. Ella se queja a su supervisor, pero éste le dice que él no puede hacer nada y que ella debe “solucionarlo”. Al día siguiente, Joan sufre las mismas amenazas verbales y físicas.
Evitar demandas por discriminación en el Gran Reajuste del Empleo
Insinuaciones sexuales, solicitud de favores sexuales y otras conductas verbales o físicas de naturaleza sexual que tengan el propósito o el efecto de interferir injustificadamente en el rendimiento laboral de una persona creando un entorno de trabajo intimidatorio, hostil, humillante o sexualmente ofensivo.
Un empresario es responsable del acoso sexual de empleados por parte de directivos y personas con autoridad de supervisión, independientemente de si el empresario conoce la conducta. Un empresario también puede ser responsable del acoso sexual cometido por personas sin autoridad de supervisión real o aparente, como los compañeros de trabajo. Un empresario también puede ser responsable del acoso sexual de sus empleados por parte de determinados no empleados, como clientes, pacientes, clientes, contratistas independientes u otros conocidos.
¿Acusado de mala conducta en el trabajo? 21 pautas para responder
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[Empleador] instituye esta política como parte de su compromiso con un clima organizacional más seguro y solidario y con la prevención y reducción de la incidencia y los efectos de la violencia doméstica, la violencia sexual y el acecho [en adelante “violencia”] en el lugar de trabajo. El [empleador] reconoce que la violencia doméstica, la violencia sexual y el acoso presentan problemas únicos para su fuerza de trabajo.
La violencia doméstica, la violencia sexual y el acoso son problemas en el lugar de trabajo, incluso si los incidentes ocurren en otro lugar. La violencia doméstica, la violencia sexual y el acoso atraviesan barreras económicas, educativas, culturales, de edad, de género, raciales y religiosas y se producen en una amplia variedad de contextos. Por lo tanto, la organización tomará todas las medidas apropiadas para prevenir y/o abordar este tipo de violencia en el contexto de: